La capacidad matrimonial: procedimiento y desarrollos recientes en supuestos de celebración en el extranjero (practica española y cooperación internacional)
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Resumen
Se examinan tres cuestiones distintas. La posición predominante de la audiencia reservada en el procedimiento de la autorización del matrimonio antes o después de su celebración, coloca en un segundo plano la cuestión de la determinación de la ley aplicable a la capacidad nupcial de los extranjeros. La omisión de la presentación del certificado de capacidad matrimonial en el acto de celebración en aquellos países que así lo exigen a los extranjeros, impide su reconocimiento e inscripción en Registro civil español (Central, Generales o consulares), de modo que la capacidad aparece ligada a la forma de celebración. Los Convenios de la CIEC en la materia y el Reglamento UE núm. 2016/1191 tienen como fin facilitar la celebración del matrimonio en país distinto de la autoridad que expide el Certificado.
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