La competencia judicial limitada en sucesiones transfronterizas: análisis de la sentencia del TJUE de 27 de marzo de 2025, c-57/24, Ławida

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Irene Merino Calle

Resumen

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado en la sentencia de 27 de marzo de 2025, asunto C‑57/24, que los tribunales del Estado de residencia de un heredero solo pueden recibir declaraciones de aceptación o renuncia a una herencia sin exceder esa función. En el caso de una menor polaca cuya renuncia a una herencia alemana no se presentó a tiempo, el TJUE analizó la cuestión prejudicial acerca de si los tribunales son competentes para realizar actuaciones que excedan la mera recepción de una declaración, como, por ejemplo, dictar una resolución o iniciar un procedimiento distinto del procedimiento de sucesión, interpretando por tanto los artículos 13 y 28 del Reglamento de Sucesiones.

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Detalles del artículo

Sección

Comentarios jurisprudenciales

Biografía del autor/a

Irene Merino Calle, Derecho Internacional Privado. Universidad de Valladolid.

Profesora Ayudante Doctor

Derecho Internacional Privado

Universidad de Valladolid

Cómo citar

La competencia judicial limitada en sucesiones transfronterizas: análisis de la sentencia del TJUE de 27 de marzo de 2025, c-57/24, Ławida (I. . Merino Calle , Trans.). (2025). Revista De Jurisprudencia De Derecho Internacional Privado, 2, 97. https://doi.org/10.69592/3045-6673-N2-PRIMER-SEMESTRE-2025-ART-10