Hiperconectividad y derecho a la desconexión digital como riesgo psicosocial: la experiencia de la Universidad de Murcia
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Resumen
En los últimos años, la hiperconectividad se ha ido consolidando como un riesgo psicosocial cada vez más presente en los entornos de trabajo, especialmente en aquellos altamente digitalizados. Su impacto no solo se proyecta sobre la salud de las personas trabajadoras, sino también sobre la efectividad del derecho a la desconexión digital, reconocido en nuestro ordenamiento jurídico. El presente trabajo recoge la experiencia desarrollada en la Universidad de Murcia, donde se ha abordado este fenómeno desde una perspectiva preventiva. A partir de una encuesta realizada en julio de 2024 a 665 personas, junto con un instrumento específicamente diseñado para analizar tanto la percepción del personal como la de quienes ejercen funciones de supervisión. Los resultados señalan la importancia de la cultura organizacional y a la percepción de disponibilidad como elementos importantes. Partiendo del diagnóstico, se pusieron en marcha diversas medidas, de tipo formativo, organizativo y tecnológico, todas orientadas a reforzar la desconexión digital. En conjunto, la experiencia indica que este problema difícilmente puede abordarse desde un plano único, siendo necesario trabajar desde enfoques jurídicos, organizativos y psicosociales.
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Referencias
Cardim, T. C. G. (2023). «De la hiperconexión del trabajador a la esclavitud digital». Revista de Derecho Laboral y de la Empresa (ADAPT).
Artículo divulgativo-jurídico: «La desconexión digital y los riesgos psicosociales» (De Lorenzo Abogados), con buena síntesis de art. 88 LO 3/2018, RDL 28/2020 y criterio técnico 104/2021 de ITSS.
Síntesis actualizada: «Derecho a la desconexión digital: qué es y cómo afecta a trabajadores y empresas en 2025», con mención a INSST y EU-OSHA.