Guardias localizadas y STJUE 30 octubre 2025 (C373-2024): continuidad de la doctrina

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Mª Elisa Cuadros Garrido

Resumen

La STJUE 30 octubre 2025 concluye que un fiscal adjunto municipal, está obligado durante todos sus periodos de guardia a permanecer en condiciones de realizar, en cualquier momento, las mismas tareas que desempeña durante su jornada ordinaria. En consecuencia, no puede alejarse del lugar de trabajo durante una guardia presencial ni de su domicilio durante una guardia no presencial, ni dedicarse libremente a sus intereses personales. Por lo que se declara en una línea continuista, que la guardia localizada es tiempo de trabajo.


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Detalles del artículo

Sección

Tribuna

Biografía del autor/a

Mª Elisa Cuadros Garrido

Profesora Contratada Doctora. Departamento Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Universidad de Murcia.
https://orcid.org/0000-0003-0297-5330

Cómo citar

Cuadros Garrido, M.E. (2025) “Guardias localizadas y STJUE 30 octubre 2025 (C373-2024): continuidad de la doctrina”, Revista Justicia & Trabajo, (7), p. 9. doi:10.69592/2952-1955-N7-DIC-2025-ART-1.