María Elisa Cuadros Garrido (Dir.). Relaciones laborales especiales: régimen jurídico y garantía de los derechos fundamentales

DOI: https://doi.org/10.69592/2952-1955-N7-DIC-2025-RECENSION

ISBN 979-13-7011-474-9 2025, 334 págs.

Reseña bibliográfica elaborada por

Iván Antonio Rodríguez Cardo1

Catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad de Oviedo
Oviedo, Asturias, España
rodriguezivan@uniovi.es
https://orcid.org/0000-0001-6311-7773

Enviado el 5 de diciembre de 2025; aceptado el 10 de diciembre de 2025.

El Derecho, como conjunto de normas dirigido a regular las relaciones entre personas, no puede, ni debe, permanecer impasible ante los cambios sociales, sino que ha de evolucionar para dar respuesta a nuevas necesidades y nuevos problemas. Esa evolución no es siempre sencilla, y quizá encuentre más obstáculos en unas parcelas que en otras del ordenamiento jurídico. El Derecho del Trabajo, en particular, se ha visto expuesto a factores de muy diversa índole, como la globalización económica, el progreso tecnológico o la cada vez mayor influencia y relevancia de elementos internacionales y supranacionales. La forma de producir y trabajar ha cambiado, pero también la manera de afrontar esos problemas, toda vez que no siempre el legislador de un concreto Estado puede actuar de forma efectiva ante los retos que esa nueva realidad provoca.

Un análisis de la normativa laboral en las últimas décadas, y en particular desde comienzos del siglo XXI, permite afirmar que la evolución de esta rama del Derecho no ha seguido un plan diseñado con antelación. No se han fijado unos objetivos claros, ni tampoco un calendario de actuación, ni se han precisado los medios para conseguir esos objetivos. Es probable que la sucesión de crisis de variada naturaleza, desde económicas a sanitarias, hayan obligado a priorizar lo urgente y desatender el medio o largo plazo, pero, sea cual sea la causa, parece innegable que las más profundas transformaciones del Derecho del Trabajo no se han producido a resultas de una planificación ordenada, sino que más bien han sido producto de la acción combinada de dos elementos que han demostrado singular fuerza.

En primer lugar, el Derecho de la Unión Europea se ha convertido en una vía de impulso principal, que de alguna manera ha llevado al legislador español a reducir su iniciativa. Muchas de las reformas de las normas laborales en los últimos lustros vienen motivadas, simple y llanamente, por la necesidad de adaptar la normativa interna al Derecho de la Unión Europea.

En segundo lugar, aunque también tiene conexión con el Derecho de la Unión Europea, el extraordinario desarrollo de los derechos fundamentales ha cuestionado estructuras clásicas, de modo que reglas o normas con cierta tradición han sido expulsadas del ordenamiento a partir de interpretaciones novedosas, o evolutivas, de los derechos fundamentales, que no sólo se han convertido en parámetro ordinario de valoración de las normas legales, sino que han extendido su radio de acción limitando notablemente las posibilidades de actuación del legislador. La razonablemente reciente aceptación de que los derechos fundamentales disfrutan de una protección multinivel ha intensificado la fuerza de esa clase de derechos, gracias particularmente a la jurisprudencia tanto del TJUE como del TEDH.

Partiendo de estas premisas, no es un ejercicio meramente teórico, ni desde luego inútil o carente de valor, revisar reglas o cuerpos normativos clásicos a la luz de las nuevas dimensiones o contornos de los derechos fundamentales, y esa es la finalidad, precisamente, de la obra colectiva dirigida por Elisa Cuadros Garrido singularmente activa en esa valiosa labor de dirección y autora— bajo el título «Relaciones laborales especiales: régimen jurídico y garantía de los derechos fundamentales». Destaca la coordinación excelente del profesor José Antonio González Martínez.

Como cabe deducir de su título, esta es una obra con una doble finalidad. En primer término, precisar el régimen jurídico de cada una de las relaciones laborales a las que el ordenamiento español atribuye expresamente «carácter especial», lo que supone que se analizan solamente esas relaciones laborales, dedicando un capítulo específico a cada una, y no otras formas o maneras de trabajar, aunque pudieran contar con singularidades. Es una labor que, desde luego, ya ha sido afrontada antes por la doctrina, pero que conviene revisitar periódicamente, porque la realidad es, cada vez, más cambiante. Y en ocasiones no siempre se tienen en cuenta debidamente todos los factores involucrados. Piénsese, por ejemplo, en que la transposición de las directivas del Derecho de la UE suele tener lugar a través de la modificación de los preceptos correspondientes del Estatuto de los Trabajadores, y no de las normas que rigen las relaciones laborales especiales. Ello implica que, salvo que pueda salvarse por la vía de la remisión, la regulación de alguna de las relaciones especiales puede seguir incumpliendo el Derecho de la UE (v.gr., obligación de registro horario), al igual que ha sucedido, y sucede, en el empleo público, y particularmente en la función pública, ámbito al que tampoco suele alcanzar la transposición de las directivas de la UE.

En segundo lugar, y además de esa conveniente actualización o puesta al día del régimen jurídico de las relaciones laborales especiales, con especial atención a las novedades de doctrina judicial, esta obra colectiva decide centrar su atención en la incidencia de los derechos fundamentales en esta clase de relaciones de trabajo, algunas de las cuales se desarrollan en entornos muy particulares, como establecimientos penitenciarios o de internamiento. Con acierto, no se procede a un análisis abstracto o teórico de la eventual incidencia de los derechos fundamentales en la relación laboral, sino a uno más aquilatado en el que se identifican los derechos fundamentales que han repercutido con mayor intensidad en cada relación laboral especial.

Por supuesto, los principios de igualdad y no discriminación afectan de una u otra forma a todas ellas (aunque su tratamiento es más profundo en la relación especial de médicos residentes, y también en la de personas con discapacidad en centros especiales de empleo, con atención a la obligación de realizar ajustes razonables), pero la libertad de expresión ocupa un lugar prioritario en el caso de los deportistas profesionales y los abogados, mientras que la libertad sindical y la acción colectiva son núcleo central respecto del personal de alta dirección y de los penados.

Ese análisis tiene lugar a lo largo de los nueve capítulos de la obra, cuya ordenación no se ajusta escrupulosamente al listado legal, con buen criterio, pues, por ejemplo, parece claro que el análisis de la relación laboral especial de menores internados debe seguir a la de penados. Todos los capítulos han sido elaborados por personas de indudable solvencia, alguna de las cuales es, con toda probabilidad, la mayor especialista en la relación laboral especial de la que se ocupa. En concreto, y tras un prólogo de la profesora López Insúa, que aporta las claves principales de la obra, la profesora Ayala del Pino analiza la relación laboral especial al servicio del hogar familiar en el Capítulo I, la profesora Álvarez Cuesta hace lo propio con el trabajo de artistas en el Capítulo II, el profesor Guillén Pajuelo se detiene en el trabajo de los deportistas profesionales en el Capítulo III, la profesora Martínez Moreno retoma el tema que fue objeto de su tesis doctoral (personal de alta dirección) en el Capítulo IV, la doctoranda Molina Álvarez se ocupa del trabajo penitenciario en el Capítulo V, la profesora Abeleira Colao de los menores internados en el capítulo VI, la directora de la obra, la profesora Cuadros Garrido, dedica su atención a los médicos internos residentes en el capítulo VII, el profesor Cavero López analiza la relación laboral especial de abogados en el Capítulo VIII, y el profesor González Martínez concluye, en el capítulo IX, con la relación laboral especial de personas con discapacidad en centros especiales de empleo.

Se trata, en definitiva, de una obra colectiva que aborda un objeto de estudio clásico, máxime cuando algunas normas datan de los años 80 del siglo pasado. Sin embargo, lo hace no sólo con la pretensión de ofrecer una visión actualizada de los retos y problemas que afronta esa normativa ante una nueva realidad, sino procurando introducir una perspectiva no siempre suficientemente atendida en las relaciones laborales especiales, como es el análisis del impacto de los derechos fundamentales. El elenco de autores garantiza que el resultado final sea un trabajo solvente y que permite hacerse una idea cabal de cuál es el régimen jurídico y los problemas actuales de las relaciones laborales de carácter especial. Todo ello sin perjuicio de que, en este momento, y en particular tras la irrupción del trabajo en plataformas y otras actividades con múltiples particularidades, pudiera cuestionarse no sólo el listado, sino incluso la propia existencia formal de relaciones laborales de carácter especial, pero ese es un debate distinto.


  1. 1 Catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad de Oviedo.