Las ultrafalsificaciones como delito en el Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales

Contenido principal del artículo

Francisco Almenar Pineda

Resumen

En los últimos años hemos experimentado una revolución acelerada como consecuencia de las nuevas tecnologías. Estos cambios han supuesto un impacto a todos los niveles sociales y han dado paso a la actual era digital, donde aquellos instrumentos están preparados para rastrear y encontrar datos, modificarlos y transmitirlos a otros dispositivos de una forma avanzada. El avance de la informática ha facilitado numerosos progresos, de los que son ejemplos las transacciones comerciales telemáticas, el intercambio instantáneo de conocimientos, o las comunicaciones virtuales en un ámbito global. Sin embargo, todos estos beneficios también coexisten con numerosos peligros para las personas, sus derechos o libertades, que pueden verse ahora lesionados a través de esos medios desconocidos cuando fue redactado el Código Penal. Con este escenario, en fecha 4 de junio de 2024 se ha aprobado el Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales, que incluye una revisión de los delitos contra la integridad moral, incorporando una novedosa figura delictiva, cometida a través de las denominadas ultrafalsificaciones, y que se propone ubicar entre esos delitos. Este artículo supone una aproximación a su contenido y fundamento, así como sus inevitables previsiones ante el avance de la Inteligencia Artificial.

##plugins.themes.bootstrap3.displayStats.downloads##

##plugins.themes.bootstrap3.displayStats.noStats##

Detalles del artículo

Sección

Doctrina

Cómo citar

Almenar Pineda, F. (2025). Las ultrafalsificaciones como delito en el Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales. Revista Ius Criminale, 2, 60. https://doi.org/10.69592/3045-6681-N2-ABRIL-2025-ART-5